Texto histórico: Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano

TEXTO HISTÓRICO PARA COMENTAR

Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano

“Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen libres e guales en derechos (...).
Artículo 2. El fin de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescindibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 3. El principio de toda soberanía reside en la nación. Ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella (...).
Artículo 10. Nadie debe ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, con tal que su manifestación no altere el orden público establecido por la ley (...).
Artículo 13. Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de la administración, es indispensable que se fijen unos impuestos. El pago de estos impuestos deberá repartirse entre los ciudadanos de forma proporcional a la riqueza de cada uno de ellos (...).
Artículo 16. Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de poderes determinada, no tienen Constitución.

Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, 1789.


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